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L.O.P.D. (Ley Orgánica de Protección de Datos)


La violación de esta ley puede derivar en sanciones económicas. Por ello, se deben tener en cuenta los aspectos legales al contratar los servicios a una empresa de alojamiento web, empresa que es la encargada del mantenimiento del servicio y la que dispondrá de él físicamente (servidor).

Las Transferencias internacionales
Si el servidor está ubicado físicamente fuera de la Unión Europea, la normativa española aplicable a tal efecto (Ley Orgánica de Protección de Datos, Ley 15/99) técnicamente considera el tránsito de datos como una transferencia internacional, y exige que el país en el que esté físicamente el host o servidor posea un nivel de protección de datos de carácter personal equiparable al contemplado en dicha norma. Por otro lado, el Estado español tiene una relación de países considerados como cumplidores de dicho nivel, con lo cual, si el lugar de destino (servidor) está en ella, no habrá ningún problema, pero si no es así, podríamos estar infringiendo la ley. Por ello, es obligado informarnos bien acerca de dónde están situados físicamente los servidores de cualquier empresa antes de contratar el servicio de alojamiento web.

Excepciones
Existen una serie de excepciones como la que se recoge en el apartado e) del Art. 34 de la LOPD, en el que se expone que: «Cuando el afectado haya dado su consentimiento inequívoco a la transferencia prevista». Es decir, no se estaría incumpliendo la ley si la empresa propietaria del sitio web a través del que se ofrecen los servicios (imaginemos un sitio web que vende determinados artículos a través de la red), comunica a sus clientes previamente que sus datos van a ser remitidos a un servidor alojado en el extranjero y solicita su consentimiento para este fin y además, indica también los detalles de la empresa de destino que posee de dichos servidores y cómo ejercer ante la misma los derechos que, según la LOPD, asisten al titular de los datos, como son los de acceso, cancelación, oposición y rectificación.

El caso de Estados Unidos (USA)
EEUU no es un país incluido en las órdenes citadas en la LOPD, por lo que, en principio, si no se obtiene el consentimiento previo de los afectados (insistimos, previo, y no posterior), estaríamos realizando una transferencia ilegal, que estaría sancionada económicamente entre cifras que pueden variar de 300.000 a 600.000 euros.

 

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